Ley sobre Salud Sexual, Reproductiva

Breve análisis del “Proyecto de Ley sobre Salud Sexual, Reproductiva y Materno-Perinatal”

En todas las entrevistas Carlos Filizzola plantea que el proyecto de Ley tiene como última finalidad es “la prevención y asistencia a las víctimas de hechos punibles contra la autonomía sexual”. Sin embargo, numerosos sectores de la sociedad se han manifestado totalmente en contra de tal propuesta, considerándola como una “pre-ley” para caminar hacia futuras concesiones respecto al aborto y al matrimonio homosexual.

El Senador Carlos Filizzola niega rotundamente que su proyecto de ley pueda dar pie al matrimonio homosexual y al aborto, alegando que para ello se debería modificar la constitución. Sin embargo, el documento del Proyecto de Ley contiene numerosas ambigüedades que pueden ser interpretadas de una u otra forma. En algunas de ellas, se alude expresamente a la unión homosexual, y esto ya sería suficiente como para iniciar un proceso de inconstitucionalidad.

Los propulsores del proyecto se defienden diciendo. “no es eso lo que queremos, sino esto”, pues bien, si esto otro es lo que quieren promover, que por cierto es muy justo – según parece – es fundamental utilizar términos y expresiones exactas y no ambigüedades que puedan dar lugar a interpretaciones equívocas y usos impropios.

Al hacer este sencillo análisis, no quiero referirme a mi fe católica, pues esta es una ley para todos y, como nuestro en país se asegura la libertad de culto, no puedo imponer criterios cristianos para que todos lo sigan, pero puedo alegar criterios juiciosos comunes a la dignidad intrínseca y natural del hombre.

A continuación, expongo algunos de los polémicos artículos y mis particulares objeciones. Dichas objeciones las quiero realizar partiendo desde algunas concepciones filosóficas, antropológicas y morales que creo pueden ser de común patrimonio entre todos los habitantes de este país, y de cualquier persona sensata.

27230265_c9f7fc714b_o.jpgArt. 6: Queda reconocido como derecho a la salud sexual, la realización plena de la sexualidad personal comprendida dentro de los principios de derecho a la autonomía e integridad: derecho a la privacidad y derecho a la libre opción sexual.

Queda abolida cualquier práctica que implique discriminación por razón del sexo, o de las preferencias sexuales.

Cuestionamiento:

Analizando el significado de este artículo desde el punto de vista sintáctico, quiero simplificarlo así: Queda reconocido como derecho: derecho a la privacidad y derecho a la libre opción sexual. No era necesario disfrazar la intención de liberar la homosexualidad ubicándolo después de tanta glosa y al cabo de un derecho obvio de intimidad.

No existe libre opción sexual, puesto que esta no se elige, se nace con un género sexual definido que no puede derivarse a un simple elección. Esto hace referencia a principio llamado “perspectiva de género” que desarrollaré más adelante.

Respecto al párrafo 2, estas prácticas pueden ser: la prohibición de la Iglesia Católica para el ejercicio del sacerdocio a los homosexuales y el acceso a la comunión eucarística a aquellos que además de tener dicha tendencia, la ejerzan (tuve que realizar forzosamente esta referencia a la fe católica porque en este aspecto quizá sea la más perseguida).

Art. 8: La prescripción de cualquier método anticonceptivo requiere el libre consentimiento de la usuaria/o.

En caso de elección de métodos quirúrgicos e irreversibles de anticoncepción, será necesario información y asesoramiento, que asegure el estado de plena conciencia, y el conocimiento de los alcances, y las consecuencias de esta elección.

En estos casos será obligatorio el consentimiento escrito de la paciente que deberá ser mayor de edad. En casos de incapacidad, el consentimiento podrá ser del representante legal, que deberá contar con venia judicial.

Cuestionamiento:

La “incapacidad” del párrafo 3 también incluye a la carencia de mayoría de edad. Si esto fuera así, los padres podrían decidir sobre cualquier medio de esterilización o hasta incluso el aborto para sus hijas menores.

Art. 12: Durante el embarazo, el parto y el post parto, la mujer tiene derecho a:

c) Explicaciones claras y precisas sobre la evolución de su estado como la de su hijo/a, así como a decidir libremente sobre las alternativas según la situación que se presente.

Cuestionamiento:

¿A qué alternativas se refiere? ¿Qué más alternativas referentes a la “salud reproductiva” podría haber para un niño ya concebido y en gestación? Clara alusión al aborto posible en cierta “situación que se presente”.

Art. 13: La persona recién nacida tendrá derecho a…

Cuestionamiento:

Faltan los derechos de la “PERSONA” concebida. Se olvidó el legislador que el ser es protegido por ley y tiene derechos desde su concepción y, por consecuencia, se le debe atención desde su concepción.

ARTICULO 4 - DEL DERECHO A LA VIDA : El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción. Queda abolida la pena de muerte. Toda persona será protegida por el Estado en su integridad física y psíquica, así como en su honor y en su reputación. La ley reglamentará la liberta de las personas para disponer de su propio cuerpo, sólo con fines científicos o médicos.[1]

Art. 17: Los centros asistenciales públicos de salud brindarán capacitación permanente en salud sexual y reproductiva con perspectiva de género al personal encargado de la prestación de dichos servicios.

Cuestionamiento:

“Perspectiva de género” es la referencia más falaz de la liberación del ejercicio de la homosexualidad. Esta propuesta pseudo-científica hace diferenciaciones que en realidad no existen, diciendo que sexo es distinto a género. En la perspectiva de genero se diferencian estos conceptos de la siguiente forma:

1. Sexo: Se refiere a las diferencias biológicas entre varón y hembra, incluyen la diversidad evidente de sus órganos genitales externos e internos, las particularidades endocrinas que las sustentan, y las diferencias relativas a la función de la procreación

2. Género: Es el concepto cultural que alude a la clasificación social en dos categorías: lo masculino y lo femenino como una construcción de significados, donde se agrupan todos los aspectos psicológicos, sociales y culturales de femineidad/masculinidad siendo, por tanto, la acción de la sociedad definitiva para su aprendizaje y desarrollo.

Planteando de esta manera, podríamos concluir es “la sociedad la que enseña a sus miembros a comportarse como hombres o como mujeres y que este comportamiento cambia de acuerdo con la época y lugar en que se vive”[2] siendo de esta manera el comportamiento sexual, la sexualidad y su ejercicio totalmente subjetivos.

Esta propuesta atropella violentamente la objetividad de la verdad, haciendo que cada uno elija lo que más le agrada o “lo que la sociedad le enseño”, negando que cada ser humano nace con características sexuales propias e insustituibles. No se puede separar al varón, constituido genitalmente de “pene y testículo” – perdone la expresión; tomen como una descripción biológica – de su ser hombre. Lo mismo con la mujer. Que las cultura haya asignado ciertos parámetros de comportamiento a hombres y mujeres en diferentes etapas de la historia, no significa la posibilidad de estar en desacuerdo con la realidad de que “yo nací varón” o “yo nací mujer”.

Pero, aunque todo esto no diga en el proyecto de ley, el concepto de “perspectiva de género” es explicado y aplicado de esta manera, y es sostenido con fervor por numerosas asociaciones homosexuales en todo el mundo. Si el Senador no quiere ser mal interpretado, mejor deberá cambiar esta expresión.

Pero si su intención es realmente la que parece, pues cae en una profunda contradicción e ignorancia de la verdadera dignidad humana que solo se realiza haciendo del hombre lo que este debería ser, y no lo que uno por “libre gusto” decida.

Art. 19: El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura y las municipalidades tendrán a su cargo la capacitación y formación de agentes aptos para:

b) Promover la inclusión curricular de las mencionadas políticas y del contenido del presente Programa en los centros educativos públicos y privados, asimismo, se fomentará la educación y capacitación orientadora en salud sexual y reproductiva al personal docente.

Art. 20: Las políticas mencionadas en los incisos a y b del artículo anterior, deberán incluir los siguientes contenidos:

b) Información completa y adecuada sobre métodos anticonceptivos, su efectividad y contraindicaciones, así como su correcta utilización para cada caso particular.

d) Equidad de género

Cuestionamiento:

Si todo lo planteado anteriormente en este análisis es cierto, lo peor de todo será que se incluya en el currículo educativo de las escuelas públicas y privadas. Los niños y adolescentes serán guiados a “comprender” que fue la sociedad la que les “impuso” el género que ellos “piensan que tienen” y que de ahora en más ellos pueden “decidir” por el género que mejor les parezca.

¡Por favor! El negocio del espejito ya no tiene sentido.

Art. 23: El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder.

Cuestionamiento:

Y aquí culmina el planteamiento de una sexualidad liberada y el camino más llano para la legalización del aborto. Pero si la presentación del proyecto de ley llegó a su fin, con este artículo comienza la persecución de aquellos que defiendan los valores de un auténtico concepto de persona, familia y sociedad. Toda la libertad que fue tan evocada en los artículos iniciales, es totalmente ofuscada por una disposición que sanciona a quienes no estén de acuerdo, y aquí somos muchos: Instituciones Pro-Vida, Iglesias cristianas, personas de buena voluntad.

Conclusión

No es posible querer reclamar una supuesta libertad sacrificando la dignidad intrínseca del hombre y la mujer, de la familia y de la sociedad. La libertad debe ser para ejercer la dignidad y buscar el bien, no para emular un juego de “muñecas”, donde yo puedo cambiar las ropas y el “género” a cualquiera de los personajes en cualquier momento. Hoy es Juan, pero mañana es María.

La implementación de una ley de este tipo lleva consigo consecuencias negativas no mensurables en la formación y madurez de un pueblo. Pues, si queremos preservar a este de la violencia y del abuso, no es legalizando lo injusto que vamos a lograr, sino a través de una políticas integral que abarque todos los aspectos de la vida de una nación. No porque haya aumentado el robo significa que tendré que legalizarlo, sino que habrá que ir hasta la raíz del problema.

Que haya muchos embarazos “no deseados”, no es motivo para proponer un proyecto de ley de esta naturaleza. Esa no es la solución. ¿Por qué nadie se preocupa en sacar de las radios tanta música “basura” que contamina las mentes jóvenes y las lleva al libertinaje sexual? ¿Por qué nadie se preocupa en educar a sus hijos diciéndoles que deben formar sus conciencias en la libertad para elegir el bien en vez del mal? ¿O será que ni siquiera el mal ya no sabemos distinguir?

Ciudad del Este, 09 de mayo de 2007.

Jorge Miguel Martínez Florentín

Diego Armando López Leiva



[1] Constitución Nacional del Paraguay.

[2] “Hablemos de salud sexual. Panorámica de la Sexualidad y la Salud Sexual. Sexualidad y género.” Organización Panamericana de la Salud. México 1998.

1 comentarios:

Anónimo 17 de julio de 2007, 7:56 a. m.  

Para conocer mejor al proyectista, sugiero la lectura del siguiente artìculo de LUIS AGÜERO WAGNER:

LA “COHERENCIA” DE CARLOS FILIZZOLA
(Luis Agüero Wagner-www.quanta.net.py/userweb/apocalipsis)
“Cuando uno no vive como piensa, acaba pensando como vive” (Marcel)
Si algo ha resultado funesto en esta fracasada transición, es la creencia de sus principales protagonistas y responsables de que haber “luchado contra la dictadura” y “defendido la democracia”, los habilita para cometer todos los ilícitos y despropósitos políticos imaginables con absoluta impunidad, y preservar a pesar de todo su inamovible pedestal. Puede ser que a consecuencia de su falta de contacto con la realidad y del autismo narcisista que padecen no se hayan percatado, pero es innegable que más que convencidos demócratas han demostrado ser unos vulgares politiqueros decadentes, acostumbrados a autodesignarse presidentes de sus respectivos partidos y “reelegirse” indefinidamente, al más puro estilo del dictador al que supuestamente combatieron.
La tendencia ha crecido tanto que ha llegado al punto de engendrar una nueva especie de partidos unipersonales, cuya única razón de existir es la de proporcionar destaque al presidente y único miembro de la supuesta agrupación. En el caso de la Concertación Nacional de Hipócritas, además de los ejemplos conocidos, podemos citar como futuro integrante de esta categoría al Partido de Carlitos Filizzola Pallarès, convencido luchador contra la dictadura que defiende la democracia y combate la autocracia imponiendo en su partido el unicato perpetuo de su propia persona, y que se unió a la bancada colorada en repudio a los “reaccionarios” a quienes hoy acompaña en la “Concertación”.
Sobre el punto, resultan particularmente admirables los denodados esfuerzos que realizan ciertos ganapanes del minimizado filizzolismo, en la desperada búsqueda de justificar la sinuosa trayectoria de su cacique. Imaginan quizás que nadie percibe lo mucho que añoran la inolvidable época dorada del gobierno municipal del dechado de virtudes aludido, cuando figuraban sin objeciones en las planillas y presupuestos de aquella impecable administración municipal, que tanto hizo por hermosear los espacios públicos de la ciudad con monumentos de incomparable belleza, y tanto esmero puso en acrecentar fondos municipales depositándolos en financieras fantasmas.
Tanto más notorio el esfuerzo cuando se trata de personajes que son simultáneamente detractores y asalariados del oviedismo, parcialidad a la que hoy mendigan votos quienes en incontables ocasiones acusaron a dicha corriente de constituir una terrorífica amenaza a nuestra refulgente democracia. Aunque ésta sea arbitrada, la verdad sea dicha, desde una Justicia Electoral regida por el meritorio informante del comisario Cantero.
Es precisamente esta democracia bajo conducción de tenebrosos represores la que Carlitos Filizzola Pallarès “defendió” en incontables oportunidades, como si fuese un ángel exterminador, apareciendo en espacios de prensa escrita y emisiones radiales de renegados alabarderos del general Stroessner, miembros de la impoluta e infalible cofradía que le lanzó al estrellato junto a Silvio Ferreira, Domingo Laìno y otros grandes héroes civiles de la república.
Pensábamos que durante la presidencia del Senado del dueño de País Solidario ya habíamos visto todas las modalidades posibles de papelones, cuando la semana pasada los integrantes de la Concertación Nacional de Hipócritas nos demostraron que todavía les queda resto para superar sus propias marcas.
La incoherencia alcanzó su clímax cuando los compañeros progresistas sufrieron un plantón ante las cámaras intentando hablar con alguien a quien consideran un peligroso criminal y narcotraficante, una amenaza militarista y fascista, un matón temible y violador impenitente de la Constitución , autor moral de un magnicidio y vulgar asesino de varios jóvenes en los sucesos de la plaza, durante el Marzo paraguayo.
Ante la inesperada y descortés negativa del preso para recibir a quienes acostumbran prontuariarlo de esa manera y luego de las pertinentes averiguaciones, salió a la luz pública que el gestor del encuentro no había sido otro que nuestro héroe de ayer, hoy y siempre, Carlitos Filizzola Pallarès. No quiero ni siquiera imaginarme la cara de espanto de Milda Rivarola en el momento de la sorprendente revelación.
De cualquier manera, no debemos desesperarnos por el futuro político de un convencido social-demócrata de izquierda, que cuenta con el respaldo de zares de la prensa tan progresistas como los que abundan en nuestra patria periodística. Después de todo, gestionar la visita de los delegados de la Concertación a Viñas Cuè fue apenas una prueba màs de la misma coherencia con que un romántico luchador social acaba querellado en los tribunales como derivación indeseada de irresponsables amoríos, o un político socialista de “impecable trayectoria” termina integrando la bancada colorada de Fanego, Rachid Lichi, e incluso de su otrora represor Martín Chiola.
La misma consecuencia, en fin, con que uno de los más incorruptibles fiscales acusadores del oviedismo termina como cebador de tererè de los reaccionarios repudiados meses atràs, participando en primera línea de los enredos en torno al preso de Viñas Cuè y compartiendo la mesa de negociaciones con Enrique González Quintana.
LUIS AGÜERO WAGNER.

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Acerca de mí

Soy Sacerdote, misionero de la Comunidad Misionera de Jesús.


El lema de mi Comunidad y el mío personal es:
Ad omnia semper paratum
(Estar dispuesto siempre y para todo).


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